La extensión hasta el 30 de diciembre de la adhesión a los planes especiales de ARCA da más tiempo para organizar la regularización de deudas. Para una pyme, la decisión comienza por una cuenta financiera: cuánto dinero quedará disponible cada mes después de pagar los gastos de la actividad y las obligaciones corrientes.
La Resolución General 5920/2026 prorrogó los regímenes de las RG 5858 y 5875. El primero está destinado al sector salud; el segundo comprende a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, conforme a las condiciones de cada régimen.
El cálculo de la capacidad de pago necesita partir del dinero que efectivamente ingresa. La facturación sirve para medir ventas; el cronograma de cobranzas muestra los fondos con los que se atenderán los vencimientos.
Supongamos una empresa que prevé cobrar $20 millones en un mes. Si destina $16 millones a salarios, proveedores, servicios y otros gastos operativos, y otros $2 millones a impuestos y compromisos corrientes, el excedente previsto es de $2 millones antes de asumir una nueva cuota.
Si la simulación del plan arrojara una cuota de $1,5 millones, el margen restante sería de $500.000. Una demora de $1 millón en las cobranzas llevaría ese presupuesto a un faltante de $500.000. Los importes son ilustrativos y muestran la sensibilidad de la caja a los cobros previstos.
Para completar el análisis, la empresa puede repetir la proyección con sus meses de menor facturación, los pagos extraordinarios y los desembolsos estacionales. El calendario de aguinaldo, vacaciones o compras de mercadería puede concentrar necesidades de fondos en fechas distintas de las de mayor ingreso.
La comparación de alternativas requiere identificar el pago inicial, la cantidad de cuotas, los intereses y el total que surge de la simulación disponible para el contribuyente. El anticipo compromete fondos al ingresar; las cuotas afectan los meses siguientes.
Un mayor número de cuotas distribuye el esfuerzo financiero en el tiempo. Su conveniencia depende del costo de financiación y del valor que tiene conservar liquidez para sostener la actividad. El análisis se completa comparando los desembolsos en las mismas fechas y bajo los mismos supuestos de cobranza.
El detalle de la deuda debe identificar impuesto, período, capital e intereses, además de su situación administrativa o judicial. Con esa información se verifica qué obligaciones pueden incorporarse al régimen correspondiente y qué desembolsos deben atenderse por separado.
Una proyección semanal para los primeros meses permite ubicar el vencimiento de la cuota junto con sueldos, cargas sociales y proveedores. En ese calendario aparece la necesidad de adelantar una cobranza, utilizar una reserva o revisar el compromiso asumido antes de formalizar la adhesión.
La prórroga y el alcance de los regímenes pueden consultarse en el portal de suscriptores +BDC.