La Resolución SRT 31/2025 estableció que, desde el 1° de julio de 2025, el valor del Módulo Previsional (MOPRE) se fija en $68.044,85, monto equivalente al 22% del Haber Mínimo Garantizado vigente. Este importe será la base de cálculo de las multas previstas en el artículo 32 de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, aplicables a incumplimientos de las obligaciones legales.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) resolvió actualizar el valor del Módulo Previsional (MOPRE), la unidad de referencia utilizada para calcular las multas por incumplimientos de aseguradoras de riesgos del trabajo, empleadores autoasegurados y compañías de seguros de retiro.
Según la Resolución SRT 31/2025, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo importe queda fijado en $68.044,85, calculado como el 22% del Haber Mínimo Garantizado, conforme lo dispone el artículo 15 del Decreto 1.694/09. La actualización toma como base el haber mínimo establecido por la Resolución ANSES 251/2025, que fijó ese parámetro en $309.294,79 para julio.
El nuevo monto regirá a partir del 1° de julio de 2025 y se aplicará a la determinación de las sanciones previstas en el artículo 32 de la Ley 24.557, que establece multas de entre 20 y 2.000 MOPREs según la gravedad del incumplimiento.
De este modo, las infracciones cometidas desde julio podrán implicar sanciones que se calculan multiplicando el nuevo valor unitario, incrementando así el costo económico de las conductas incumplidas.
La medida responde al mecanismo de actualización automática previsto en la normativa previsional y en la ley de riesgos del trabajo, que vincula el MOPRE al haber mínimo con el fin de mantener el monto de las multas alineado con la evolución de los ingresos previsionales.