El Poder Ejecutivo dispuso la prórroga, hasta el 31 de julio de 2026 inclusive, de la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector de la salud. La medida, oficializada a través de la Resolución 2109/2025 del Ministerio de Economía, rige desde su publicación en el Boletín Oficial.
El alcance del beneficio se mantiene sin cambios en cuanto a los sujetos comprendidos y a las acciones suspendidas, que incluyen tanto el inicio de ejecuciones como la adopción de cautelares por deudas tributarias y de la seguridad social bajo competencia de ARCA.
Como novedad operativa, se establece que, a los fines de acreditar la condición exigida para acceder al régimen, deberá considerarse la fecha de dictado de la resolución que dispone la prórroga, precisando el parámetro temporal aplicable.
La decisión se apoya en la continuidad de las circunstancias que motivaron las extensiones previas y en las facultades conferidas al organismo recaudador para suspender ejecuciones y cautelares. En ese marco, la instrucción se dirige a Agencia de Recaudación y Control Aduanero para su implementación.
Con esta extensión, el Ejecutivo busca sostener un alivio financiero transitorio para sectores sensibles, preservando la continuidad de sus actividades mientras se normaliza su situación fiscal.